Accidentes en Piscinas
Despacho de Abogados de Girona especialista en Accidentes
Cada año se producen casos de ahogamiento en las piscinas tanto públicas como privadas y también accidentes derivados de traumatismos ocasionados por caídas accidentales.
Cuando se ha producido un accidente hay que averiguar las causas, siendo las responsabilidades muy diferentes si se trata de piscinas privadas o de públicas. Y en el caso de haber sucedido el accidente en piscinas públicas, hay que diferenciar si el menor se encontraba con su familia, o estaba realizando un curso, casal o colonias, donde se hacía esta actividad.
Información básica
Existen unas obligaciones en materia de seguridad, especialmente en los casos de piscinas públicas, que hay que respetar y aplicar, pues en caso contrario se podría generar una responsabilidad automática por parte del infractor.
Por ejemplo, si hablamos de piscinas dispuestas en un parque acuático, camping, hoteles u otros lugares donde es un servicio más por el que se paga un precio, es obvio que existe un beneficio económico como contrapartida que obliga a la adopción de las máximas medidas de prevención para evitar el riesgo de accidentes.
Tienen que existir un número de socorristas suficientes en atención a las dimensiones de la piscina o piscinas y a su capacidad, teniendo que existir carteles indicativos que regulen y expliquen las normas de uso y funcionamiento.
Al ser una actividad de riesgo, tanto si se trata de una responsabilidad contractual o extracontractual, si un usuario sufre daños por su uso, tendrá que ser indemnizado, salvo que se demuestre que el empresario actuó con total diligencia y que la lesión deriva de un uso inadecuado e imprudente del lesionado, o se trata de un caso fortuito.
A diferencia de los deportes de riesgo, donde el usuario asume el peligro y sólo un error en la instalación o en el material podrían determinar la responsabilidad del empresario, cuando se trata de una actividad lúdica se invierte el sistema, respondiendo el titular de la misma salvo que acredite el mal uso realizado por el propio lesionado.
Sin perjuicio de la información que precise su caso, hay que decir que las piscinas de uso público precisan de una serie de elementos como pueden ser: la instalación de escaleras de acceso en número suficiente para evitar riesgos a los usuarios, teniendo que existir una o más adaptadas para minusválidos; tienen que existir flotadores salvavidas con cuerdas en un número no inferior al de escaleras e instalados en lugares visibles y de fácil acceso; la superficie que rodea la piscina tiene que estar libres de impedimentos y tiene que ser antideslizante; toda piscina tiene que disponer de botiquín con fácil acceso y teléfono con información de los servicios de urgencias, y para las piscinas de más de 300m2 de lámina de agua es obligatorio una enfermería con equipo de primeros auxilios; las piscinas con más de 200 m2 de lámina tienen que contar con un socorrista titular, que pasan a ser dos en el caso de las piscinas con más de 500 m2; y los socorristas tienen que estar presentes en las piscinas durante todo el horario de funcionamiento.
Si se trata de una piscina comunitaria, se podría reclamar en la Comunidad de Propietarios por medio de la responsabilidad civil extracontractual en caso de que no se cumpla la normativa existente.
Si Usted ha sido víctima directa o indirecta de un accidente en alguna piscina, habrá que analizar todas las circunstancias concurrentes para determinar la viabilidad de la reclamación o de la defensa que en su caso se tenga que articular, siendo conveniente resolver todas las cuestiones que se puedan plantear con la máxima urgencia posible.
Desde nuestro despacho les ayudaremos en todo aquello que sea preciso para la defensa de sus derechos, tanto en el análisis del que ha podido pasar, como en la realización de dictámenes periciales y de reconstrucción necesarios para saber la causa y determinar las responsabilidades, como para valorar el importe de la indemnización que en su caso pueda llegarle a corresponder y a tramitar toda la reclamación, tanto en el ámbito extrajudicial como través de la interposición de las acciones penales y civiles que puedan corresponder.
Si desean tener más información, el despacho BONET ADVOCAT les ayudará a resolver todas las dudas y, si nos depositan su confianza, se pondrán todos los recursos a su alcance para conseguir el mejor resultado en defensa de sus intereses.
Qué podemos hacer por Usted
• Sabemos ESCUCHAR. Tenemos claro que no se pueden conseguir los objetivos que el cliente busca sin ser receptivos con lo que nos pretende comunicar.
• No dejamos de PENSAR. Tenemos imaginación, recursos y experiencia, y por ello conseguimos encontrar la mejor solución ante las diferentes alternativas que se pueden llegar a plantear.
• Acostumbramos a GANAR. Garantizar un resultado es sinónimo de engañar. Nosotros tenemos los conocimientos necesarios y una incuestionable determinación para defender los intereses de nuestros clientes con el propósito de conseguir el mejor resultado.
El despacho BONET ADVOCAT le ofrece la máxima implicación con el mínimo coste; una constante preocupación por su problema; una información continuada del caso; celeridad en la respuesta; eficacia en la comunicación; y una evaluación honesta del riesgo, pues el problema del cliente nunca puede acabar siendo un negocio para el profesional. Su problema pasará a ser el nuestro y juntos lo resolveremos.
Llámenos y lo comprobará.