Denuncia por Delito de Extorsion
Abogado Penalista de Girona
Es importante saber en qué situación se puede encontrar cada persona en relación a estos hechos y tomar desde el primer momento las mejores y más necesarias decisiones para no equivocar la estrategia, teniendo que saber que por mucho que pague nunca podrá tener la certeza que mañana no volverán a extorsionarlo por los mismos motivos, siendo importando desactivar de la forma más rápida este chantaje. Desde el despacho BONET ADVOCAT lo podremos ayudar, existiendo una rigurosa confidencialidad sobre todo el que se plantee, pudiendo llegar a resolver de forma positiva su caso.
Información básica
La extorsión desde un punto de vista jurídico viene definida como la presión que, mediante amenazas, se ejerce sobre alguien para obligarlo a obrar en determinado sentido y obtener así dinero u otro beneficio. Desde el punto de vista penal es un delito consistente en obligar a una persona, a través de la utilización de violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico con ánimo de lucro y con la intención de producir un perjuicio de carácter patrimonial del sujeto pasivo o de un tercero.
Es un delito patrimonial puesto que el ánimo de lucro es elemento necesario, y requiere una actuación por parte del sujeto pasivo consistente en la realización u omisión de un acto o negocio jurídico; y que el sujeto activo coaccione al pasivo para la realización del negocio jurídico.
El objeto de este delito es todo acto o negocio jurídico, y consiste a obligar a una persona a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero utilizando la violencia o la intimidación.
Tiene que existir una violencia o intimidación directa o inmediata en el comportamiento del sujeto activo por medio de la cual se dobla la voluntad de la víctima.
La violencia consiste en la inmovilización o privación de movimiento durante un lapso de tiempo escaso, con el fin de obligar a la víctima o impedirle realizar un negocio jurídico. Si el tiempo de privación de libertad excede del necesario para lo cual podrá apreciarse concurso con detenciones ilegales.
La intimidación es el anuncio de un mal inmediato, grave y posible, a la persona o bienes propios o de familiares o terceros, susceptible de inspirar miedo. No se limita sólo a la ocupación de medios físicos o uso de armas, sino que son suficientes palabras o actitudes comminatorias o amenazantes, idóneas según las circunstancias de la persona intimidada. El mal con el cual se amenaza no tiene por qué ser real, siempre que sirva para intimidar a la víctima.
Si desea tener más información sobre las extorsiones, el despacho BONET ADVOCAT lo ayudará a resolver todas las dudas y, si nos deposita su confianza, se pondrán todos los recursos a su alcance para conseguir el mejor resultado en defensa de sus intereses.
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